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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 09:13 2013-09-25 09:13 desde IP: 187.208.49.211
el art. 249 fracci I menciona las casusales de divorcio y en su fraccion primera menciona el adulterio, de tamaulipas obvio, pero en tu caso ahora si q ni al caso mencionarte causales porq no hubo matrimonio lo mas q le puede pasar a tu amigo es q le demnden pension alimenticia esto aunq no se haya desatendido economicamente de su hija si la otra mujer busca revancha esta sera su mejor arma
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