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AutorRespuesta No: 326738
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Septiembre de 2013 13:43 2013-09-24 13:43 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si usted no está estudiando, y los estudios que cursa corresponden a la edad que tiene, su padre está en aptitud de promover la calcelación de la pensión alimenticia que le ha otorgado durante 10 años; cancelación que es procedente, independientemente que usted trabajo o no, ya que los padres sólo están obligados a proporcionar alimentos a sus hijos, hasta que éstos adquieren la mayoría de edad, o bien, adquiriéndola, continúan estudiando un oficio o profesión acordes a su edad y condiciones particulares, hasta que concluyan esos estudios.
Sin embargo, dado que la pensión alimenticia no se cancela en forma automática, sino que es su padre quien, en su carácter de parte interesada, debe promover el incidente respectivo, en tanto no lo haga y se dicte sentencia interlocutoria que declare la cancelacón, usted podrá seguirla recibiendo.
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