- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 209072
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 326671
-
Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 18:32 2013-09-23 18:32 desde IP: 187.162.210.121
Primero, dado que te escondes a través de un seudónimo, lo que se corrobora accesando simplemente a tu oficina, es imposible conocer tu nombre, lo que al mismo tiempo impide corroborar si, como afirmas, eres o no abogado; adicionalmente, omites también indicar cuál es tu cédula profesional, característica propia de la infinidad de "cannis latrans" que deambulan en este foro.
En consecuencia, no soy el imbécil, sino tú, porque si verdaderamente eres un profesional del derecho, al menos tendrías la suficiente racionalidad para evitar cualquier cuestionamiento a tu calidad al emitir opiniones, indicando tu nombre verdadero, y no un seudónimo, y publicarías la patente que se otorgó para ejercer cualquier profesión.
Por otra parte, y en relación a la esencia de la consulta de quien acude a este foro, lo que tambiíen denota tu falta de capacidad de lectura de comprensión, Alra 2008 en ningún momento pidió orientación por lo que hace a la comisión de un delito de fraude, sino que solamente huzo referencia a que, con motivo de una compraventa inexistente por falta de consentimiento del propietario del bien, se presentó una querella en virtud de que fue pagado con un cheque que, sin mencionarlo, se infiere que carecía de la provisión de fondos correspondien.te
Tanto es así, que para que puedas razonar más adecuadamente, te transcribo la parte medular de la consulta hecha: "... como se solicita al juzgado de lo civil declarar una inexistencia de contrato?...".
Y evidentemente, es obvio que no solamente no cuentas con los conocimientos y experiencia en materia penal para que soberbiamente pretendas darme clases, sino que tampoco cuentas con ninguna calidad moral para ello.
Antes bien, puede afirmarse que no pasas de ser un simple aprendiz, no solamente en la materia penal, sino en cualquiera de todas las áreas del derecho.
-
Autor





