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  • Consulta : 208967
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 326559

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Para que los empleados de la CFE pudan revisar el medidor, Usted debe recibir un aviso previo con firma autógrafa de orden de verificación que señale el día y la hora en que los trabajadores se presentarán en su domicilio para el acto de molestia. Una vez notificado deberá estar presente el día y la bhora señalada para que se realice la revisión del medidor, lo que no significa que tengan facultades para introducirse a su domicilio a contar aparatos eléctricos. En el caso de encontrar en el medidor un artefacto de los denominados "diablito" en el acta se deberá señalarse con claridad tal circunstancia y le darán un término para desvirtuar y ofrecer pruebas en contrario ante la misma CFE. Posteriormente le notificarán el Ajuste de Facturación y multa que corresponda, misma que no puede susperar los dos años de determinación presuntiva. Antes se podía demandar ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa la nulidad del ajuste, pero a partir del 2012 la Suprema Corta determinó que siempre no, que la CFE no es autoridad y por lo tanto el único camino que procede es el juicio ordinario mercantil ante un Juez de Distrito.