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  • Consulta : 208922
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 326511

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM;

    andresfloriano693:

    Pasaba poralto el recordarle que en estos mismos foros he informado que entre mis clientes se encuentra personal de la Armada de México, y que debido a esta circunstancia es que coadyuvo con el M.P. Militar en la integración de averiguaciones previas por delitos como el de "delito contra el honor militar", repase lo referente en el Código de Justicia Militar, pero también revise la Ordenanza general de la Armada y las que le sean aplicables, no sea que por ignorancia usted incurra en conductas inapropiadas y sancionables.