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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Septiembre de 2013 11:11 2013-09-21 11:11 desde IP: 189.225.172.203
Distinguida Consultante
Con la poca información que usted aporta es imposible orientarle adecuadamente
Los establecimientos mercantiles deben tener en la ciudad de mexico minimo, el certificado de zonificación de uso del suelo
Aviso o manifestación de apertura, o licencia de funcionamiento si se expende bebidas embriagantes
Aviso sanitario
Programa interno de protección civil y como en su caso una autorización para poner enseres en la via publica.
Si ya el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, ya inicio procedimiento administrativo por queja ciudadana, y usted no presento nada lo mas seguro es que le suspenderán sus actividades (clausura) y le cobraran una multa de alrededor de cincuenta mil pesos que es el minimo
De inmediato recabe la documentación legal de su establecimiento y acuda ante el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, hacer vales sus derechos.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Tu amigo abogado ®
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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