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  • Consulta : 208831
  • Autor : felixfrancisco
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    Respuesta No: 326552

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Fue una treta para no pagar el alquiler. En el Código Civil del Estado de México en los artículos 7.670 al 7.720, se encuentras las disposiciones sobre el mismo respecto del objeto, plazo, renta, terminación, obligaciones, derechos y demás relacionadas con el tema. Por su parte, el artículo 45 de la Ley Agraria establece la posibilidad de arrendar tierras ejidales.  Que no le espanten, por supuesto que se pueden rentar.