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  • Consulta : 208628
  • Autor : bfyp
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    Respuesta No: 326167

  • bfyp
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buen día. Primeramente el que denunció el juicio debió hacer mención sobre los posibles herederos que tuvo el de cujus (finado), y una vez que se tuvo la certeza de si existe disposición testamentaria o no, se pasa a la declaratoria de herederos con información testimonial, en ese momento es cuando se reconoce a los legítimos herederos.

    En esta etapa del juicio, el que hizo la denuncia o bien los testigos que manifestaron conocer al de cujs, así como quienes era los posibles herederos y quienes mas podían tener ese carácter, pudieran haber incurrido en falsedad al desconocer el derecho que quieres invocar; ahora bien, existe la posibilidad de que existan otras razones por las cuales no te estan reconociendo tal caráter, pero si tienes ubicado el Juzgado donde se esta llevando el juicio intestamentario de tu padre, en cualquier momento, puedes solicitar que se te reconozca tu personalidad con e acta de nacimiento correspondiente para acreditar el entroncamiento que tienes con el de cujus.

    Saludos cordiales.