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AutorRespuesta No: 326151
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Septiembre de 2013 08:55 2013-09-18 08:55 desde IP: 187.162.210.121
Si, no impoprta la cantidad que usted adeude; aunque para ser sincero, creo que es difícil que Elektra inicie un juicio en su contra para reclamar el pago de $ 3,000.00, ya que le saldría más caro el juicio que lo que obtendría en la sentencia.
Ahora bien, para que Elektra pudiera embargarlo, es necesario que presente una demanda ante un juez competente, quien al admitirla ordenará que se constituya en su domicilio un actuario quien, una vez que se identifique como funcionario judicial, se encargará de practicar la diligencia en la que lo requerirá por el pago de esa cantidad en ese mismo acto, y en caso que no lo haga, le intimará para que señale bienes de su propiedad, de los susceptibles de embargo, a efecto de garantizar lo reclamado, apercibiéndolo que, de no hacerlo, el derecho pasará a la parte actora, quien podrá hacer la designación de bienes para embargo, o reservarse el derecho para una mejor ocasión; a continuación, lo emplazará a juicio, corriéndole traslado con las copias simples de la demanda y documentos que se acompañaron, debidamente selladas y rubricadas por el Secretario del Juzgado, haciéndole saber que tiene un término de 8 días para contestar la demanda, oponer excepciones y defensas y ofrecer pruebas.
Si no se constituye un actuario en las anteriores condiciones, y únicamente acude un representante de Elektra, entonces no pueden embargarlo, ya que el establecimiento no es una autoridad facultada para hacerlo.
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