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AutorRespuesta No: 378903
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Mayo de 2015 13:53 2015-05-01 13:53 desde IP: 187.170.38.180
Estimado consultante de Baja California: a su consulta le informo que no tiene ese derecho porque ya existìa un incumplimiento de 4 meses sobre la pensiòn(piense un poco màs no le afectò el que su hijo y esposa no recibieran alimentos? ese es penado ya por lo que si a Usted le ingresaron al reclusorio por el delito que cometìo de gracias a que no lo denunciaron por incumplimiento a la pensiòn alimenticia, mejor dicho el daño lo causo Usted a su familia ó ex-esposa e hijo, lo conveniente es que se aplique con sus obligaciones sino serà contra producente para Usted.
Deje el convenio como està, es mejor para Usted.
Saludos.
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