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  • Consulta : 208323
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 325845

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que deben hacer usted y los demás trabajadores, es acudir a la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social más cercana al domicilio de cada uno, y presentando sus recibos de nómina con la nueva razón social del patrón, y solicitar que en términos del artículo 18 la Institución los inscriba oficiosamente como trabajadores de dicho patrón.

    En caso que el Instituto, pese a estar obligado en términos de dicho precepto al justificar ustedes la existencia de la relación laboral, los períodos trabajados y salarios devengados, a llevar a cabo dicha inscripción oficiosa, acudan también a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a presentar su queja, a efecto que dicha dependencia mande citar a los representantes patronales y administrativamente los inviten a cumplir con las obligaciones que les impóne la legislación laboral y los aperciban que si no lo hace, tendrán que sufrir las consecuencias legales de su conducta.