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  • Consulta : 208264
  • Autor : camacho
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  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el momento que usted la registro como su hija reconocio el parentesco y esta obligado a proporcionarle alimentos y a su vez tiene el derecho a verla y hasta convivir con la menor. Consigne una determinada cantidad en un juzgado de lo familiar para su menor hija, solicitando ver a la menor y si hay inconformidad de la madre de la menor que la manifieste ante el juzgado, para que el juez atendiendo a la necesidad de la menor, de acuerdo a las percepciones de usted, determine la suma que debe entregar para la manutencion de su hija, que estoy seguro si es bien asesorado, sera menor al porcentaje que usted esta ofreciendo y tambien obligara a la madre a permitirle convivir con su hija,. Asesorese de un buen abogado y vera que es acertado mi consejo, espero me diga como le fue con su asunto. Atte. Lic. Jose Luis Camacho.