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AutorRespuesta No: 325821
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 11:49 2013-09-13 11:49 desde IP: 187.162.210.121
Si bien es cierto a los foristas que me anteceden,les asiste la razón en cuanto a que usted debe promover el juicio ejecutivo mercantil en contra del firmante del pagaré, documento cuyas características son la autonomía, literalidad, incorporación, abstracción y circulación, por lo que no requiere señalar cuál fue el acto jurídico en virtud del cual ese título de crédito surgio a la vida jurídica, también lo es que con ello no dan respuesta a la pregunta del consultante.
En el caso, es irrelevante que el pagaré señale como lugar de suscripción la ciudad de Querétaro; a lo que debe usted atender para determinar en favor de qué juez se surte la competencoa para conocer del juicio ejecutivo mercantil, es el lugar en que debe ser pagado el documento.
Así, si en la parte relativa al texto del título se señala también como lugar de pago la ciudad de Querétaro, es Juez competente uno de esa población; si indica que el pago se hará en Tuxtla Gutiérrez, entonces será competente uno de ese lugar; si no señala en forma expresa la poblción en que se tenga que pagar, pero dice frases como "esta ciudad", "esta plaza", "esta población" u otras equivalentes, entonces se sobreentiende que el lugar de pago es el mismo que el de su firma,
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