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AutorRespuesta No: 325626
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Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Septiembre de 2013 11:30 2013-09-11 11:30 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si, usted debe pagarle las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por las dos semanas que le prestó sus servicios.
Además, es recomendable que el finiquito correspondiente, se lo pague en la Junta de conciliación y Arbitraje a efecto que en convenio respectivo se establezca que él renunció voluntariamente al trabajo.
Asistase de un abogado especialista en materia laboral; no un estudiante o pasante, y menos un coyote.
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