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  • Consulta : 208064
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 325626

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, usted debe pagarle las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por las dos semanas que le prestó sus servicios.

    Además, es recomendable que el finiquito correspondiente, se lo pague en la Junta de conciliación y Arbitraje a efecto que en convenio respectivo se establezca que él renunció voluntariamente al trabajo.

    Asistase de un abogado especialista en materia laboral; no un estudiante o pasante, y menos un coyote.