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AutorRespuesta No: 325587
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Septiembre de 2013 21:54 2013-09-10 21:54 desde IP: 187.162.210.121
La notificación a su ex-esposo debe hacérsele en el domicilio que señaló para oír y recibir notificaciones, independientemente de cual sea aquél en el que vive.
Lo anterior encuentra apoyo en lo dispuesto por el artículo 124, fracciones III y VIII, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Por tanto, lo único que requiere es solicitar que el notificador acuda a ese domicilio y practique la notificación, ya que no hay neesidad de hacerlo por edictos.
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