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  • Consulta : 207949
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 325523

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es un hecho q la patria potestad radicara en ambos padres, si el asunto se va a los tribunales tambien es un hecho q la guarda y custodia total y definitiva sera para la madre. pero se mas listo q ella primero comienza a consignar una cantidad justa para el menor es decir si ganas mas de dos salarios minimos deposita lo equivalente  a un salario minimo vigente en tu entidad o si ganas muy bien pues deposita un 15 o20% de tu salario en el juzgado esto porq? pues por concepto de pension alimenticia no se los des en la mano porq ni q te firma nada y luego andan llorando porq ellas niegan q les han dado algo y luego mediante una demanda de convivencia familiar obligala a q te deje convivir con tu menor hijo en caso de negativa unavez instaurada la demanda y sentenciada si la mujer se niega a q convivas con tu menor hijo da de conocimiento al juez de la causa para q la aperciban si se sigue negando la multaran y si se sigue negando procede el arresto.