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  • Consulta : 207913
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 325491

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a ver estas confundida ya q el hecho de la convivencia q tenga el menor con el padre no esta supeditado a que el señor no cumpla cabalmente con la pension alimenticia son dos cosas totalmente distinta asi q por ese lado no puedes hacer nada, y si tienes la guarda y custodia definitiva es solo q ambos comparten la patria potestad y ahi si no puedes hacer nada y si el sr no cumple de manera total con la pension q tu abogado se lo haga saber al juez para q el sr sea apercibido y cumpla con su obligacion ahora bien puedes hacer valida la garantia de la pension alimenticia.....por q tu abogado debe haber pedido q se dejara algo en garantia....lo hizo????'