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  • Consulta : 207632
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 325229

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No es posible, ya que para eso debe Usted debe ser oido y vencido en Juicio.

    Los requerimientos que le hace la empresa no tienen valor alguno, son cobranzas extrajudiciales. amenos que llegue el actuario con una orden Judicial, ahi si pueden romper cerraduras para hacer cumplir la orden del Juez.

    Ademas que por la cantidad que debe no le pueden embargar la casa, si es que tiene otros bienes muebles por la cantidad equivalente a la que le requieren. Habiendo un Juicio de por medio de que tiene que pagar tiene que pagar.

    Saludos.