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  • Consulta : 207456
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 325162

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola:  Para mayor abundamiento debo recordar que el articulo 21 Constitucional faculta al ministerio a practicar  diligencias Ministeriales, ahora bien para haberse llevado el aseguramiento de ese inmueble, existe toda una normatividad, como es que ese inmueble tenga relacion directa con un delito, y una averiguacion previa, creo que es buena estrategia, interponer un amparo Indirecto en contra de ese acto reclamado, y solicitar informe la autoridad responsable, que firma los sellos de aseguramiento cual fue el origen, y que le exponga fundadamente, el porque lo realizo, con ello usted prodra dise;ar en compa;ia de su abogado un esquema para recuperarlo, le anticipo sera algo complejo pero debe empezar por conocer que dio origen...le deseo suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.....tambien en What sapp.

    Nextel: 52 * 14 * 25471