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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Septiembre de 2013 18:37 2013-09-04 18:37 desde IP: 189.228.66.156
Hola: Para mayor abundamiento debo recordar que el articulo 21 Constitucional faculta al ministerio a practicar diligencias Ministeriales, ahora bien para haberse llevado el aseguramiento de ese inmueble, existe toda una normatividad, como es que ese inmueble tenga relacion directa con un delito, y una averiguacion previa, creo que es buena estrategia, interponer un amparo Indirecto en contra de ese acto reclamado, y solicitar informe la autoridad responsable, que firma los sellos de aseguramiento cual fue el origen, y que le exponga fundadamente, el porque lo realizo, con ello usted prodra dise;ar en compa;ia de su abogado un esquema para recuperarlo, le anticipo sera algo complejo pero debe empezar por conocer que dio origen...le deseo suerte.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775.....tambien en What sapp.
Nextel: 52 * 14 * 25471
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