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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 23:17 2013-09-02 23:17 desde IP: 189.222.177.138
Referencia: Baja California
El escrito que menciona si es factible realizarlo ..
Puesto que el Codigo de Procedimientos Penales, en el apartado referente a los derechos del ofendido manifiesta que se puede designar coadyuvantes del Ministerio Publico.
Por lo que en la practica dicho escrito de autorizacion se entrega al Ministerio Publico adscrito al Juzgado de la Causa para que a su vez lo presente ante el Juez, y se autoricen las designaciones.
mas sin embargo todo lo que como ofendido se quiera aportar de pruebas, debe ser por conducto del Ministerio Publico adscrito quien es el representante social.
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