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  • Consulta : 207373
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 325033

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    No, la anterior propietaria del establecimiento no debe pagarle ninguna indemnización, ya que lo que operó fue una sustitución patronal.

    El nuevo dueño es quien deberá pagarle el sueldo y prestaciones conforme las vaya devengando, partiendo de que su antigüedad en el trabajo corre a partir de la fecha en que fue contratado por el anterior propietario.