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AutorRespuesta No: 325033
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Septiembre de 2013 11:40 2013-09-03 11:40 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
No, la anterior propietaria del establecimiento no debe pagarle ninguna indemnización, ya que lo que operó fue una sustitución patronal.
El nuevo dueño es quien deberá pagarle el sueldo y prestaciones conforme las vaya devengando, partiendo de que su antigüedad en el trabajo corre a partir de la fecha en que fue contratado por el anterior propietario.
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