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Fecha de respuesta: Martes 03 de Septiembre de 2013 00:13 2013-09-03 00:13 desde IP: 189.133.129.31
1. Fue provisional y no hay definitiva.
2. El deudor no ha cubierto formalmente la pension, pero sí se ha ocupado de gastos que podrían formar la pensión mensual.
3. El incidente está inconcluso y por eso el deudor se ha negado a pagar formalmente.
4. Por parte del deudor, quiero saber cómo se puede cancelar la pensión.El deudor aunque no ha cumplido con la pensión formalmente ya que el incidente está inconcluso, sí se ha ocupado de lo que son los alimentos de los hijos y el mantenimiento del nivel de vida al que están acostumbrados.
¿De qué manera o con qué elementos se puede cancelar la pensión? -
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