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AutorRespuesta No: 324815
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Fecha de respuesta: Sábado 31 de Agosto de 2013 13:53 2013-08-31 13:53 desde IP: 189.234.159.150
Es iniciar el juicio sucesorio intestamentario... Y una vez que hayan sido reconocidos todos los herederos... Estos pueden ceder sus derechos a favor de quien quieran... Ante juez... De preferencia..y no ante notario... Ya que ate juez no hay revocaciones ... Y ante notario... Y lo he vivido... Salen con que no es la firma... Conque el notario se presto al fraude....
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