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  • Consulta : 207091
  • Autor : Lic Trejo
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  • Lic Trejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si se puede demandar pero lo ideal es demandar la reparacion del daño, el daño moral, el pago de daños y perjuicios el daño al proyecto de vida etc, por lo que no lo pienses ni un minuto y promueve tu demanda, te comento que por el domicilio fiscal del IMSS tienes que demandar directamente aqui en el df si gustas te puedo asesorar en el tramite contactame al cel 044 55 34 34 71 08 o al 21 58 50 39