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AutorRespuesta No: 324524
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Agosto de 2013 20:39 2013-08-27 20:39 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si su esposo, como lo menciona, contrajo segundas nupcias sin haber disuelto el vínculo de matrimonio que lo une a usted, efectivamente incurrió en la comisión del delito de bigamia.
Derivado de esa conducta de su cónyuge, usted tiene dos acciones, una penal y otra civil.
Por lo que hace a la penal, lo que debe hacer es acudir ante el agente del Ministerio Público de su Delegación, presentando la denuncia correspondiente y acompañando copia certificada del registro civil de las dos actas de matrimonio, es decir, del que celebró con usted y del que llevó a cabo el 14 de agosto de este año, a efecto que abra la carpeta de investigación correspondiente, y en su momento ejercite la acción penal en su contra.
En cuanto a la acción civil, usted debe demandar la nulidad del segundo matrimonio, en virtud de que el mismo se celebró sin que se hubiera disuelto el que contrajo con usted.
En ambos casos, debe contratar a abogados especialistas tanto en derecho penal como en derecho de familia, a fin de que la asistan y asesoren adecuadamente; en caso de que carezca de los medios eomómicos para hacerlo, entonces acuda a la Dirección de la Defensoría de Oficio y Orientación Jurídica, en donde le asignarán a un abogado de oficio sin costo, una vez que acredite carece de los recursos para pagar a un particular.
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