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  • Consulta : 206797
  • Autor : abogado potosino
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  • Autor
    Respuesta No: 324871

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la Autoridad responsable es la  sala penal  que conocio del recurso de apelacion  pues refieres que la Sentenciada le fue ratificada la misma en la Apelación, siendo el acto reclamado la Sentencia dictada por la SALA y no la del juez de origen pues esta fue substituida por aquel, el juicio de amparo tiene por objeto analizar si hubo o  no violaciones a los derechos fundamentales del  quejoso establecidos en nuestra Constitucion Politica o tratados internacionales, por lo que no constituye una nueva instancia para hacer valer nuevos plantemientos, la victima o el ofendido en su caracter de tercero interesado tienen legitimación para impugnar no sólo la reparación del daño sino también los pronunciamientos relacionados con la acreditación del delito, la demostración de la plena responsabilidad penal del sentenciado y la individualización de sanciones por lo que ademas de formular alegatos puedes promover amparo adhesivo en terminos de los articulos  181 y 182 de la ley de amparo.