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  • Consulta : 206771
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 324721

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días, Primus.

    Si, tienes razón, para el efecto de los procedimientos de huegal, todos los días del año son hábiles.

    Sin embargo, la consultante no plantea un caso de emplazamiento a huelga, sino una demanda laboral derivada de un despido injustificado, y dado ese planteamiento fue la respuesta que recibió: el término para que opere la prescripción en términos del artículo 518, de la Ley Federal del Trabajo para que el trabajador presente su demanda, es de dos meses, y el cómo se hace de conformidad con el numeral 520.