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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Agosto de 2013 09:14 2013-08-28 09:14 desde IP: 189.234.159.150
muy claro raulcadena... debes entender que el cliente... ya se libero de tu acoso por deuda,,, y nada puedes decirle... tiene un recibo de pago... el cliente ya pago... que ntu no hayas recibido el dinero... eso no importa a la justicia penal... el cliente no puede denunciar... seria tu testigo... pero no le puedes cobrar dos veces... que se ve a leguas... es tu interes... que alguien te pague...
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