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AutorRespuesta No: 324356
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Agosto de 2013 20:35 2013-08-25 20:35 desde IP: 187.162.210.121
La pena de prisión está en función del valor de lo robado y, principalmente, de la que se contemple en el Código Penal del Estado en donde se dieron los hechos.
Además, con independencia de que pueda o no alcanzar un beneficio de libertad anticipada, éste sólo se le concederá reparando el daño causado, es decir, restituyendo la cantidad de la que indebidamente dispuso, y pagando la multa que corresponda al delito cometido; si no hace la reparación del daño ni paga la multa, deberá compurgar la pena de prisión que se le imponga y la parte ofendida, una vez que la sentencia cause ejecutoria, deberá promover el incidente de reparación del daño, ya sea ante el propio juez penal que lo haya sentenciado y condenado, o bien, con copias certificadas de esa sentencia, en juicio civil.
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