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  • Consulta : 206575
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 324866

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Todos se pueden oponer... Y si un legatario quire comprar... Ese es preferente al arrendatario... Esa es otra salida... Un legatario... Compra y les aala parte... A los demas y luego vende.... Y no tiene porque dar derecho al tanto.... O preferencia en la venta... Ni siquiera le tiene qe avisar.... Como dice el tango... 20 añs no son nada....