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AutorRespuesta No: 324316
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Agosto de 2013 06:44 2013-08-25 06:44 desde IP: 189.234.237.236
No joven Ochoa... Efectivamente... El consultante ... Tiene un derecho preferente... Pero yo propietario... Tengo derecho a ponerle el precio que yo quiera... Y no necesariamente... Lo tiene que ser el de avalúo... Y contra ese punto.. No hay acción... Ya que puedo rescindir la relación de arrendamiento... Y esperar el año... Para promover la venta... Sin dar derecho al tanto o preferencia... Yo le puedo vender a quien yo quiera y como yo quiera... Son mis cosas... Mientras no transgreda la ley...
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