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AutorRespuesta No: 325058
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Fecha de respuesta: Martes 03 de Septiembre de 2013 16:38 2013-09-03 16:38 desde IP: 189.203.0.58
Puede demandar directamente a su acreedor, el juicio ejecutivo mercantil, en el cual al momento que le notifiquen la demanda le requerirán de pago y para el cado de no hacerlo se le embargaran bienes para garantizar la deuda. Si necesita mayores datos visite mi oficina y póngase en contacto con su servidor.
Saludos.
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