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  • Consulta : 206439
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 324212

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted firmó pagarés, se obligó al pago de los mismos a la fecha de su vencimiento. Si usted no contestó la demanda o contestándola, no hizo valer la excepción de alteración que señala, y que además no es tal porque agregar intereses no pactados no es alteración, es claro que está obligado al pago de la suerte principal, los intereses y gastos y costas del juicio que se liquidarán en ejecución de sentencia.