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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Agosto de 2013 00:05 2013-08-21 00:05 desde IP: 187.207.183.98
Hola Lupita, mi opinion es que si se realice el cambio del regimen juridico patrimonial, pues asi se defenderia a futuro de un una demanda mercantil que tarde o temprano le llegara a su conyuge, pero recuerde que los efectos inician a partir de que se ordena el cambio y no tiene efecto retroactivo, por lo que si la casa esta hipotecada por el banco, desde luego que este puede iniciar accion en contra de ambos y aunque ya se haya realizado el cambio del regimen le afectaria en su esfera juridica, pero si no hay de otra intentelo.
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