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  • Consulta : 206162
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 324034

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El pagaré es un título de crédito que trae aparejada ejecución y hace prueba plena, en contra del mismo sólo pueden oponerse las excepeciones que la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito reconoce, como es el pago, la oferta de espera, la alteración del documento y otras, pero de ninguna manera es excepeción el exigir el origen del recurso, son patadas de ahogado que su abogado le debe de explicar y además tiene tres días para manifestarse en relación a la contestación. ¿Embargó bienes?