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  • Consulta : 205891
  • Autor : oscar salas
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  • Autor
    Respuesta No: 323822

  • oscar salas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tiene usted la obligacion de cubrir el pago de renta si firmó el contrato próximo a fenecer en el año 2014 con el aumento que menciona.. El amparo es improcedente contra el desalojo que manifiesta, toda vez que inicialmente puede pasar lo siguiente si usted dejare de cumplir con sus obligaciones como arrendatario:

    1.- El arrendador puede inicialmente requerirle el pago de rentas...

    2.- Posterior a ello, demandar en via ordinaria civil, la desocupacion y entrega material del inmueble asi como el pago de diversas prestaciones...(estos juicios pueden llevarse meses de litigio)...

    3.- Si existe una sentencia en su contra, puede usted promover apelación...

    El amparo es la ultima instancia...

     Cubra el pago de rentas y si en algun momento el arrendador no se las recibe, promueva diligencias de consignacion judicial de pago de rentas...

     

    SALUDOS!!!

     

    LIC. OSCAR SALAS