- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 205670
- Autor : PEGZA
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 467
- Vox Populi: PolÃtica: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4571
-
: 0 %
-
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 323627
-
Fecha de respuesta: Martes 13 de Agosto de 2013 22:10 2013-08-13 22:10 desde IP: 201.141.121.61
Que tal, puede demandar el pago del seguro y los intereses moratorios generados desde el aviso del siniestro, ya que en términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, tienen la obligación de pago luego de 30 días.
Cualquier problema si gusta, puede consultarno.
“PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.
-
Autor