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Fecha de respuesta: Martes 13 de Agosto de 2013 19:33 2013-08-13 19:33 desde IP: 189.234.237.236
no... quien ejerce la figura de patria potestad en forma directa es el padre... a el es a quien debes denunciar penalmente por el incumplimiento de la obligacion de asistencia failiar... por todo el tiempo que tiene sin aportar... tu abogado te dice como... y el ministerio sabe que hacer... no intentes hacerlo por medios propios... busca un abogado... NO OCURRAS AL DIF... porque se la van a pasar en conveniosque no llevan a nada... todo debe hacerse ante un juez familiar... y el dif no lo es...
busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR; …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.- - - -
y no se te ocurra decir que no trabaja... porque nadie te va a hacer caso.... di que no sabes de que vive... pero que si mantiene a su madre... pero no a ti y tu hijo...
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