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AutorRespuesta No: 324923
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 11:49 2013-09-02 11:49 desde IP: 189.166.150.35
TIENES QUE IR A "CITA DEL DÍA", SI ESTAS EN EL TURNO VESPERTINO LLEGA TEMPRANO PARA QUE TE FORMES Y TE ATIENDAN EN TU CONSULTORIO (EL NÚMERO DE CONSULTORIO QUE TE CORRESPONDE APARECE EN LA TARJETA DE CITAS) SIN SACAR CITA; COMENTO LO DE LLEGAR TEMPRANO PUES LA ATENCIÓN A PERSONAS SIN CITA ES LIMITADA.
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El médico familiar, previa valoración, otorga al asegurado(a) el certificado de incapacidad temporal para el trabajo, de acuerdo a lo establecido en el IMSS y en alguna de sus tres modalidades:
- Enfermedad general, cuando exista la pérdida o disminución por un cierto tiempo de las facultades que imposibiliten al asegurado realizar su trabajo habitual.
- o Maternidad (prenatal - postnatal) en virtud del embarazo, parto y puerperio.
- o Riesgo de trabajo, derivado de la existencia de un probable riesgo de trabajo y de su calificación como tal.
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