Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 205283
  • Autor : JORFLORES
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 99
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 323343

  • JORFLORES
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, es una situación delicada, en razón de que si es derecho de vía, estamos en presencia de bienes nacionales, inhalienables e impreible y no están sujetos, mientras no varíe su situación jurídica, a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, en términos de la Ley General de Bienes Nacionales. El hecho de contar con escrituras del predio, no es ninguna garantía de que puedas algún día adquirir esos bienes de la nación. Lo que sí, es poco probable que se te despoje de ese terreno, hasta en tanto el Gobierno Federal, no tenga necesidad de su ocupación para satisfacer alguna necesidad de interés público. Saludos afectuosos.