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Fecha de respuesta: Martes 06 de Agosto de 2013 23:54 2013-08-06 23:54 desde IP: 187.242.177.238
Con gusto te puedo asesorar por supuesto necesito mas datos, pero de entrada lo importante aquí es que estamos hablando de un tema de Derecho Administrativo a lo cual es necesario seguir el procedimiento que señale la normativa procedimiental respecto a las clausuras y así desahogar su asunto ante las autoridades administrativas correspondientes y en su defecto en caso de que subsistan las omisiones por parte de la autoridad, existen otros recursos o medios de impugnación a estos actos de autoridad.
quedo a sus ordenes
ozuna000me
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