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  • Consulta : 205050
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, si procede la admisión de la demanda.

    El patrón, durante el juicio, tendrá la oportunidad de ser oído y vencido, es decir, podrá contestar la demanda oponiendo y excepciones y defensas durante la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, y posteriormente, en la de Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, proponer los elementos probatorios necesarios para demostrar lo que haya alegado al contestar la demanda y durate la dúplica.

    En caso de que haya sido ya emplazado a juicio, asistase de un abogado especialista en derecho laboral a fin de que comparezca a la audiencia inicial a contestar la demanda.

    Debo advertirle que, de acuerdo a las disposiciones de la nueva Ley Federal del Trabajo, la Junta de Conciliación y Arbitraje solamente reconoce la personalidad de los apoderados jurídocos de las partes a condición de que en la audiencia inicial acrediten ser abogados titulados y con cédula profesional, por lo que no permita que un estudiante, tinterillo o coyote le lleve su asunto, ya que las consecuencias de perder el juicio, pueden ser muy graves económicamente para usted.