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AutorRespuesta No: 323072
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Agosto de 2013 19:46 2013-08-05 19:46 desde IP: 187.186.48.185
Buena tarde, como claramente expresa “PERMALIK” y sin tratar de ser redundante en las respuestas. Para el caso específico; tu obligación alimentaria culmina en los siguientes supuestos:
A. cuando tu hija, haya terminado su instrucción superior hasta la obtención de su título universitario. Nota: (Debes tener en cuenta que tu hija se encuentre cursando una carrera profesional o técnica que sea considerada, como tal, por la Secretaría de Educación Pública con calificaciones aprobatorias finales en el ciclo escolar y cuyo nivel académico sea acorde a su edad,
Es decir no puede tener 30 años, reprobar 3 materias pretendiendo cursar el tercer semestre de universidad).
B. Que sea emancipada, es decir que contraiga nupcias, se una en concubinato, o viva en amasiato; aunque siga estudiando es lógico que ya no dependerá de usted.
C. En caso de injuria, falta o daño graves, calificados por el juez, inferidos por el alimentista contra el que debe darlos;
D.Cuando la necesidad de los alimentos dependa de una conducta viciosa o falta de aplicación al estudio, del alimentista mayor de edad, mientras subsistan estas causas;
E. Por muerte del acreedor alimentista.
Para solicitar la cancelación de la pensión alimenticia, deberás tramitar un juicio para el estado de Veracruz es mediante un Juicio Civil.
Atentamente: Abogado del Estado de Hidalgo.
Buena tarde, como claramente expresa “PERMALIK” y sin tratar de ser redundante en las respuestas. Para el caso específico; tu obligación alimentaria culmina en los siguientes supuestos:
A. cuando tu hija, haya terminado su instrucción superior hasta la obtención de su título universitario. Nota: (Debes tener en cuenta que tu hija se encuentre cursando una carrera profesional o técnica que sea considerada, como tal, por la Secretaría de Educación Pública con calificaciones aprobatorias finales en el ciclo escolar y cuyo nivel académico sea acorde a su edad,
Es decir no puede tener 30 años, reprobar 3 materias pretendiendo cursar el tercer semestre de universidad).
B. Que sea emancipada, es decir que contraiga nupcias, se una en concubinato, o viva en amasiato; aunque siga estudiando es lógico que ya no dependerá de usted.
C. En caso de injuria, falta o daño graves, calificados por el juez, inferidos por el alimentista contra el que debe darlos;
D.Cuando la necesidad de los alimentos dependa de una conducta viciosa o falta de aplicación al estudio, del alimentista mayor de edad, mientras subsistan estas causas;
E. Por muerte del acreedor alimentista.
Para solicitar la cancelación de la pensión alimenticia, deberás tramitar un juicio para el estado de Veracruz es mediante un Juicio Civil.
Atentamente: Abogado del Estado de Hidalgo.
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