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  • Consulta : 204956
  • Autor : cesarramirez
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  • Autor
    Respuesta No: 323072

  • cesarramirez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buena tarde, como claramente expresa “PERMALIK” y sin tratar de ser redundante en las respuestas. Para el caso específico; tu obligación alimentaria culmina en los siguientes supuestos:

     

    A. cuando tu hija, haya terminado su instrucción superior hasta la obtención de su título universitario. Nota: (Debes tener en cuenta que tu hija se encuentre cursando una carrera profesional o técnica que sea considerada, como tal, por la Secretaría de Educación Pública  con calificaciones aprobatorias finales en el ciclo escolar y cuyo nivel académico sea acorde a su edad,

    Es decir no puede tener 30 años, reprobar 3 materias pretendiendo cursar el tercer semestre de universidad).

     

    B. Que sea emancipada, es decir que contraiga nupcias, se una en concubinato, o viva en amasiato; aunque siga estudiando es lógico que ya no dependerá de usted.

     

    C. En caso de injuria, falta o daño graves, calificados por el juez, inferidos por el alimentista contra el que debe darlos;

     

    D.Cuando la necesidad de los alimentos dependa de una conducta viciosa o falta de aplicación al estudio, del alimentista mayor de edad, mientras subsistan estas causas;

     

    E. Por muerte del acreedor alimentista.

     

    Para solicitar la cancelación de la pensión alimenticia, deberás tramitar un juicio para el estado de Veracruz es mediante un Juicio Civil.

     

    Atentamente: Abogado del Estado de Hidalgo.

    Buena tarde, como claramente expresa “PERMALIK” y sin tratar de ser redundante en las respuestas. Para el caso específico; tu obligación alimentaria culmina en los siguientes supuestos:

     

    A. cuando tu hija, haya terminado su instrucción superior hasta la obtención de su título universitario. Nota: (Debes tener en cuenta que tu hija se encuentre cursando una carrera profesional o técnica que sea considerada, como tal, por la Secretaría de Educación Pública  con calificaciones aprobatorias finales en el ciclo escolar y cuyo nivel académico sea acorde a su edad,

    Es decir no puede tener 30 años, reprobar 3 materias pretendiendo cursar el tercer semestre de universidad).

     

    B. Que sea emancipada, es decir que contraiga nupcias, se una en concubinato, o viva en amasiato; aunque siga estudiando es lógico que ya no dependerá de usted.

     

    C. En caso de injuria, falta o daño graves, calificados por el juez, inferidos por el alimentista contra el que debe darlos;

     

    D.Cuando la necesidad de los alimentos dependa de una conducta viciosa o falta de aplicación al estudio, del alimentista mayor de edad, mientras subsistan estas causas;

     

    E. Por muerte del acreedor alimentista.

     

    Para solicitar la cancelación de la pensión alimenticia, deberás tramitar un juicio para el estado de Veracruz es mediante un Juicio Civil.

     

    Atentamente: Abogado del Estado de Hidalgo.