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  • Consulta : 204815
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 322864

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    oderous:

    Respecto a la duda que tiene, de que si puede su cliente aponerse al embargo le digo que: Si puede, pero solo haciendo el pago requerido, no hay otra forma.

    Es una orden de un Juez, y se tiene que llevar a cabo la Diligencia.

    Saludos.