- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 204630
- Autor : Cuaresmen
- Consultas en Foro: 4
- Respuestas en Foro: 2380
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6728
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 322602
-
Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 14:53 2013-07-31 14:53 desde IP: 187.213.227.170
Para el tercer esquema, así sin contrato, no sería tu colaborador... SERIA TU TRABAJADOR, y se rige por la LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Las prestaciones no dependen de si se las quieres o no dar.. veràs què susto les pega un ca-bròn que se asesore y los demande.. què Hacienda ni què los caballeros ni qué nada.. el IMSS es una instituciòn de cuidado.
Mejor evitate eso y a todos HAZLE CONTRATO DE TRABAJO POR HONORARIOS, y santo remedio.
Consulta con alguien de tu localidad como nosotros, con cèdula.
-
Autor





