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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 13:49 2013-07-31 13:49 desde IP: 189.241.145.37
Hay que demandar al patrón por no haber asegurado al trabajador y por el riesgo de trabajo, si se gana el juicio, el patrón deberá pagar al IMSS el capital necesario para que este a su vez pague las prestaciones que procedan, tales como la pensiòn por orfandad.
Si no se logra esto, existe la posibilidad de una pensiòn por orfandad por fallecimiento del trabajador por causa de un accidente o enfermedad no de trabajo.
Para esto último bastará que el trabajador haya tenido un mínimo de 150 semanas cotizadas y se encontrara en conservación de derechos.
¿Cuántas semanas cotizadas tenía y cuándo dejó de cotizar?
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