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AutorRespuesta No: 322354
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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Julio de 2013 21:39 2013-07-28 21:39 desde IP: 201.141.108.49
El sustento es el Código Civil y el de Procedimientos Civiles para el Distrito Fedral, y efectivamente los presuntos herederos pueden denunciar la sucesión testamentaria ante el notario de su elección o ante el Juez de los Familiar en Turno del D.F.
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