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  • Consulta : 204296
  • Autor : jfbueron
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  • jfbueron
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Mencionas que tienes la factura, y efectivamente la factura es un documento valido para acreditar la legal estancia de mercancia en el país, la ley aduanera asi lo señala la fraccion III en el siguiente artículo

     

    ARTICULO 146. La tenencia, transporte o manejo de mercancías de procedencia extranjera, a
    excepción de las de uso personal, deberá ampararse en todo tiempo, con cualquiera de los siguientes
    documentos:

    l. Documentación aduanera que acredite su legal importación.
    Tratándose de la enajenación de vehículos importados en definitiva, el importador deberá
    entregar el pedimento de importación al adquirente. En enajenaciones posteriores, el
    adquirente deberá exigir dicho pedimento y conservarlo para acreditar la legal estancia del
    vehículo en el país.

    II. Nota de venta expedida por autoridad fiscal federal o institución autorizada por ésta, o la
    documentación que acredite la entrega de las mercancías por parte de la Secretaría.
    Fracción reformada DOF 30-12-1996, 31-12-1998

    III. Factura expedida por empresario establecido e inscrito en el Registro Federal de
    Contribuyentes, la cual deberá reunir los requisitos que señale el Código Fiscal de la
    Federación.
    Las empresas porteadoras legalmente autorizadas, cuando transporten las mercancías de
    procedencia extranjera fuera de la franja o región fronteriza, podrán comprobar la legal tenencia de las
    mismas con la carta de porte y los documentos que establezca mediante reglas la Secretaría