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  • Consulta : 204260
  • Autor : ABOGADALUZ
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    Respuesta No: 322181

  • ABOGADALUZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Si dices que ya se rescindio el contrato debo de enterder que ya no ocupas el inmueble,  por lo que ya no tienes obligacion de pagar.

    Ahora bien, el no tener contigo el documento que avale la trminación del contrato puede tener consecuencia si para el arrendador le conviene que continue vigente el arrendamiento, porque simplemente en alguna acción que ejercite no exhibira la rescesión. Por lo general al arrendador le conviene que le desocupen el inmueble, no se cual sea tu caso.

    Y por ultimo si tiene efectos jurídicos la rescisón que se hizo con el fiador aún cuando no lo haya firmado  el deudor principal.

    Espero haberte servido.

    Abogadaluz