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  • Consulta : 203970
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 321895

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    c.a.f.g80

    Debe usted asistirse de abogado de su confianza ya sea para solicitar al Juez que ordene al albacea rendir cuentas de su administarcion o para tramitar la remocion del albacea por no haber concluido el juicio sucesorio dentro del temrino legal.

    Ya sera el nuevo albacea quien ponga orden respecto del hijo que ocupa el inmueble dando clases de guitarra y del sobrino que habita el edificio, para que paguen renta o bien desalojen el inmueble. Todo lo anterior con la asistencia de abogado.